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Yolanda Díez

Política económica

25 Ene 2023

Durante el debate de la reforma del sistema de incentivos al empleo para colectivos con dificultades de inserción

Díaz destaca que era “fundamental” mantener el esquema de incentivos al empleo de la discapacidad porque era “muy eficaz"

Redacción / Madrid

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ha destacado que el esquema de incentivos para favorecer la contratación de personas con discapacidad “se ha mostrado muy eficaz y por ello resultaba fundamental mantenerlo en su integridad”. Díaz hizo esta aseveración en el Pleno del Congreso de los Diputados, donde defendió el Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas. El texto reforma el sistema de incentivos y bonificaciones al empleo, aunque mantiene el esquema relativo a la discapacidad a la espera de que concluyan los trabajos del ‘Libro Blanco de Empleo y la Discapacidad’. Según explicó la propia vicepresidenta, sus conclusiones contribuirán a la “evolución, desarrollo y mejora del sistema”.

Esta medida se adoptó tras un acuerdo con el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) y con la ONCE, presentes en la Tribuna de la Cámara Baja este martes y a quienes la ministra dio las gracias por su “capacidad de llegar a acuerdos” y por su esfuerzo para “mejorar la regulación”.

“El diálogo ha fructificado en acuerdo”, celebró Díaz, quien destacó que resultaba necesario “reconfigurar y sistematizar” el sistema de reincorporación de una persona con discapacidad tras una incapacidad, ya sea en el mismo puesto o, si es necesario, en uno diferente. Así, la ministra explicó que se contribuye a evitar la “expulsión” de personas con discapacidad del mercado de trabajo, especialmente si tienen más de 55 años.

También subrayó el apoyo que se dará a las personas con discapacidad que dejen de trabajar en un centro especial de empleo para hacerlo en una empresa ordinaria, al tiempo que se establecen bonificaciones específicas para la contratación de personas con discapacidad que sustituyan a otros empleados con discapacidad en situaciones de incapacidad temporal.

Asimismo, puso en valor que se tiene en cuenta especialmente a las personas con discapacidad con más dificultades de inclusión laboral, como es el caso de las personas con parálisis cerebral, enfermedad mental, con discapacidad intelectual y a quienes tienen trastorno del espectro del autismo con un grado de discapacidad igual o superior al 33%. También se dedica especial mención a las personas con discapacidad física o sensorial con un grado reconocido igual o superior al 65%.

OTROS COLECTIVOS

Díaz explicó que, más allá de la discapacidad, el texto recoge también como colectivos de especial atención a las mujeres, a quienes tienen responsabilidades de conciliación, a los jóvenes y a los desempleados de larga duración, entre otros. En todos los casos, los incentivos son mayores en el caso de las mujeres, a fin de luchar contra la brecha de género.

Además, la vicepresidenta resaltó la apuesta del nuevo sistema de incentivos por la promoción de contratos estables. De hecho, los empresarios que se beneficien de las bonificaciones existentes tendrán que mantener el puesto de trabajo al menos tres años.

En su intervención, Díaz explicó que la reforma responde a las recomendaciones de organismos como la Agencia Independiente de Responsabilidad Fiscal (Airef) y la Comisión Europea, ya que el anterior esquema era “desestructurado y complejo” y en el que la reducción de cotizaciones no tenían un efecto “relevante” en la tasa de empleo o de temporalidad. “La alta cantidad de incentivos en España ha sido una triste peculiaridad, como lo es la alta tasa de temporalidad o de desempleo”, enfatizó.

A su juicio, los incentivos terminaron siendo “una excusa” ante la UE para que “pareciera que se hacía algo” contra el desempleo, por lo que insistió en la necesidad de acometer esta reforma.

OTRAS NOVEDADES

La nueva regulación unifica aspectos relativos a las cuantías de las bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social. De esta manera, en el caso de las bonificaciones destinadas a promover la contratación laboral, se establece una cuantía de bonificación por cada mes natural completo, así como la fórmula para calcular el importe de la bonificación aplicable cuando la persona trabajadora no figure de alta durante todo ese mes.

Entre las novedades que introduce el texto, se eliminan muchas bonificaciones pero que se introducen otras nuevas. La primera es la bonificación por la contratación indefinida de personas jóvenes con baja cualificación beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, que dará derecho a una bonificación de 275 euros durante tres años.

Se incorpora la bonificación por la contratación indefinida o incorporación como persona socia en la cooperativa o sociedad laboral de personas que realizan formación práctica en empresas. Dará derecho a una bonificación de 138 euros al mes, durante tres años, o bien durante la vigencia del contrato si se trata de persona con discapacidad.

Se bonificará también la transformación en contratos fijos discontinuos de contratos temporales suscritos con personas trabajadoras incluidas en el Sistema especial agrario por cuenta ajena. Dará derecho, durante los tres años siguientes, a una bonificación en la cotización de 55 euros por mes, cifra que, en el caso de las mujeres, se eleva hasta los 73 euros por mes.

ECONOMÍA SOCIAL

Igualmente, se permitirá la capitalización de la prestación por desempleo para favorecer el emprendimiento en el ámbito de la economía social, según detalló Díaz.

Las empresas que procedan al traslado de su actividad industrial, productiva o de negocio a territorios que no formen parte del de los Estados miembros de la Unión Europea o del de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, deberán proceder a la devolución de todas las bonificaciones a la Seguridad Social realizadas durante los cuatro años inmediatamente anteriores a la deslocalización, así como las subvenciones recibidas.

En los supuestos de contratación a tiempo parcial las cuantías se reducirán proporcionalmente en función de la jornada establecida. En todo caso no se incentivan las jornadas parciales inferiores al 50 por ciento de la jornada a tiempo completo de una persona trabajadora, salvo en los supuestos de permisos por conciliación.

La bonificación prevista en la actualidad por la contratación indefinida de personas en situación de exclusión social (55 euros al mes ) se incrementa hasta 128 euros, igualándose así a la establecida por la contratación indefinida de otros colectivos vulnerables.

Las bonificaciones derivadas de las sustituciones se limitan para determinados supuestos a la contratación de personas jóvenes y su duración se ha ajustado a la duración que pudieran tener los propios contratos de sustitución.

La contratación indefinida de personas desempleadas de larga duración da derecho a una bonificación superior cuando la persona contratada es mujer (128 euros al mes), en lugar de 110 euros. Esta mayor bonificación se extiende también a la contratación de personas tengan 45 o más años.

FORMACIÓN

Respecto del contrato de formación en alternancia establece unas cuantías de bonificación, en lugar de porcentajes, equivalentes a las que resultarían de aplicar el 75% a las cuotas empresariales únicas previstas para este contrato y el 100% en función del tamaño de la empresa.

Los beneficios en las cuotas de la Seguridad Social previstos por la transformación en indefinidos de contratos formativos también tienen novedades derivadas de la unificación de su regulación e incrementan su cuantía un 200% para igualarla a la prevista por la transformación en indefinido del contrato de formación en alternancia.