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25 Nov 2020

Y destierra el término 'disminuido'

La RAE enmienda el término ‘discapacidad’ en el diccionario

Redacción / Madrid

La Real Academia Española (RAE) ha enmendado la acepción del término ‘discapacidad’ en el Diccionario de la Lengua Española, que pasa a ser definida como “situación de la persona que por sus condiciones físicas o mentales duraderas se enfrenta con notables barreras de acceso a su participación social”.

Así consta en la actualización 23.4 del Diccionario de la lengua española, presentada este martes por la académica Paz Battaner y que incorpora 2.557 novedades, entre ellas más de 1.200 nuevos términos que entran por primera vez al diccionario.

Aunque esta actualización está fuertemente influencia por los cambios en el vocabulario que ha traído la pandemia del coronavirus, ya que se incluyen nuevos términos como ‘confinamiento’, ‘coronavirus’, ‘COVID’ o nuevas acepciones para ‘desescalada’, la docta casa también ha aprovechado para corregir ‘discapacidad’.

Asimismo, la RAE destierra la palabra ‘disminuido’, que la sustituye por ‘discapacitado’, término que define como “que posee una discapacidad”. Esto, sin embargo, no coincide con lo defendido por el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi), que apostó por que el diccionario recogiera “persona con discapacidad” y no “discapacitado”.

Ya en diciembre de 2018, el Consejo de Ministros aprobó un anteproyecto de ley de reforma del artículo 49 de la Constitución Española para eliminar el término 'disminuidos' y sustituirlo por 'personas con discapacidad', tal y como el movimiento asociativo de la discapacidad reclama desde hace años.