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Objetivo de una cámara de fotos. En el fondo un mural de imágenes.

10 Feb 2009

Maternidad y discapacidad

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La incorporación de la mujer a los diferentes ámbitos de la vida es, en la actualidad, una legitimidad social, pero tenemos que tener en cuenta que dicha incorporación aún hoy, no se realiza en términos de igualdad con los hombres. El acceso de las mujeres al empleo y a los puestos de decisión, ya sean políticos o económicos, presenta todavía grandes barreras que, en parte, guardan una estrecha relación con los estereotipos derivados de la maternidad, atribuyendo siempre a las mujeres el cuidado de menores y dependientes así como el trabajo doméstico.


Con el fin de modificar estos patrones socioculturales, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres establece una serie de medidas dirigidas a lograr este objetivo: desde la consideración como discriminación directa de todo trato desfavorable a las mujeres relacionado con la maternidad, a la obligación de los poderes públicos de fomentar la corresponsabilidad de hombres y mujeres en las labores domésticas y en la atención a la familia.

Asimismo, también es cierto que durante demasiado tiempo se ha ignorado el plus de desventaja social con el que se enfrentan las mujeres con discapacidad, cuya presencia ha permanecido invisible. La labor que desde hace años realiza Cermi junto a otras organizaciones ha sido crucial en la denuncia sistemática de la doble discriminación que sufren las mujeres con discapacidad o lo que hoy se está acuñando como discriminación interseccional.

Ya en 1997 el "Manifiesto Europeo de Mujeres con Discapacidad" (Foro Europeo de la Discapacidad) desveló que los papeles atribuidos por la sociedad a las mujeres con discapacidad, son distintos a los que se asigna a las mujeres en general.

El término discriminación interseccional se acuña durante la celebración de la 45ª Sesión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer de las Naciones Unidas en 2001 para definir el hecho de la conjunción de la discriminación por razón de sexo y otras formas de discriminación como raza, minorías, discapacidad, etc. y recomendar a los Estados miembros adoptar medidas desde un punto de vista multidimensional.

Y es este aspecto multidimensional el que se tiene en cuenta en el Plan de Acción para las mujeres con discapacidad mediante el cual se quiere poner fin, desde la acción del Gobierno de España, a la especial discriminación que sufren estas mujeres.

El libro, que tengo el placer de presentar, invita a la reflexión, a pensar de una manera diferente en la discapacidad, teniendo en cuenta la autonomía, la integración, la igualdad y las capacidades de estas mujeres para decidir libremente ejercer su derecho a la maternidad. Es un libro valiente que se atreve a entrar incluso en debates que durante mucho tiempo han sido "tabú" en el debate de las políticas para la discapacidad.

Desde el Ministerio de Igualdad estamos trabajando en la reforma de la Directiva de Igualdad de trato y lucha contra la discriminación, y es de nuestro mayor interés ampliar el contenido de la propuesta y acercarlo, en lo posible, a las obligaciones establecida en la Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad, aprobada en Nueva York el 13 de diciembre de 2006 y que supone un importante avance en ese otro modo de ver la discapacidad.

Al mismo tiempo, estamos trabajando en nuestro Anteproyecto de Ley Integral que va a complementar la Ley de Igualdad de 2007, si bien, ésta, no permaneció ajena a esta problemática estableciendo, en su articulo 12, la obligación de los poderes públicos de tener en cuenta una especial consideración con los supuestos de doble discriminación y con las singulares dificultades en que se encuentras las mujeres que presentan especial vulnerabilidad, como son las mujeres con discapacidad.

Para poder actuar desde ese aspecto multidimensional al que he me he referido anteriormente y poder poner fin a este tipo de discriminación, es necesario conocer e identificar las situaciones y por ello la importancia del artículo 20c) que obliga a diseñar e introducir los indicadores y mecanismos necesarios que permitan el conocimiento de la incidencia de otras variables cuya concurrencia resulten generadoras de situaciones de discriminación múltiple.

Animo desde aquí a Cermi a continuar su magnifico trabajo de defensa de los derechos de las mujeres con discapacidad y todas las personas que sufren algún tipo de discriminación, les agradezco su siempre espíritu abierto de colaboración en las políticas del Gobierno, lo que nos va a permitir alcanzar los objetivos que compartimos: una sociedad más democrática, más justa y más solidaria, atendiendo siempre a las personas que más recursos e instrumentos necesitan de las administraciones públicas para gozar de plena autonomía.