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Persona con discapacidad accediendo a un tren

Transporte

5 Mar 2019

Se incluye a los colectivos con discapacidades mayores o iguales al 33%, frente al 65% actual.

El Gobierno mejora las tarifas de los servicios ferroviarios a las personas con discapacidad

Servimedia / Madrid

El Gobierno ha aprobado ampliar los colectivos que pueden disfrutar de los beneficios recogidos en la Tarjeta Dorada para los servicios ferroviarios prestados por Renfe que son competencia de la Administración General del Estado. De este modo, se incluye a los colectivos con discapacidades mayores o iguales al 33%, frente al 65% actual

Según informó el Ministerio de Fomento, la medida amplía en más de un millón de personas los posibles beneficiarios de esta tarjeta y los beneficios que conlleva, desde descuentos en los billetes de hasta un 40%. El coste de la medida será asumido por la Administración General del Estado para los servicios de Cercanías y Media Distancia, dada su calificación de Obligación de Servicio Público, y por la propia Renfe para sus servicios AVE y Larga Distancia al tener estos la consideración de Servicios comerciales que operan en libre competencia con otros modos de transporte.

La entrada en vigor de estas nuevas condiciones se producirá el día 1 de abril de 2019 y toda la información estará disponible en la página web de Renfe. Estas medidas a favor de las personas con discapacidad que usan el ferrocarril para sus desplazamientos "han sido sugeridas y planteadas" por el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) al Ministerio de Fomento, que finalmente las ha hecho suyas, adoptándolas oficialmente, según recoge el comunicado del Ministerio.

Las nuevas condiciones establecen que la Tarjeta Dorada podrá ser adquirida por personas mayores de 60 años; pensionistas mayores de 18 años de la Seguridad Social Española que estén en situación de incapacidad física o psíquica permanente total, absoluta o gran invalidez; pensionistas mayores de 18 años de las clases pasivas civiles y retirados militares que estén en situación de incapacidad permanente para el servicio o inutilidad; personas con una discapacidad igual o superior al 33%, y acompañantes de personas con una discapacidad igual o superior al 65% que tendrán las mismas condiciones económicas de viaje que el titular.