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Deforestación

Consumo responsable

16 Mayo 2023

La nueva norma afecta también a carne de vacuno, caucho y madera

La UE aprueba vetar la venta de café, soja, cacao o aceite de palma de zonas deforestadas

Servimedia / Madrid

El Consejo Europeo aprobó definitivamente este martes un reglamento sobre productos libres de deforestación que permite a las empresas vender determinados productos en la UE si sus proveedores aseguran que proceden de zonas en las que no se han talado árboles.

Esta norma se publicará en el Diario Oficial de la UE y entrará en vigor 20 días después, tras haber concluido su tramitación comunitaria, pues fue propuesta por la Comisión Europea el 17 de noviembre de 2021, el Consejo y el Parlamento Europeo alcanzaron un acuerdo político provisional el pasado 6 de diciembre, la Eurocámara lo adoptó el pasado 19 de abril y el Consejo dio su visto bueno este martes.

Unos 420 millones de hectáreas de bosque -un área más grande que la UE- se convirtieron de bosques a uso agrícola entre 1990 y 2020, según la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO). El consumo de la UE representa un 10% de esta deforestación global. El aceite de palma y la soja representan más de dos tercios de los productos procedentes de zonas deforestadas.

Para luchar contra el cambio climático y la pérdida de biodiversidad, la norma obliga a las empresas a garantizar que los productos vendidos en la UE no hayan provocado la deforestación y la degradación forestal.

Los productos cubiertos por la nueva legislación son el cacao, el café, el aceite de palma, la carne de vacuno, la soja, el caucho y la madera.

También se incluyen productos derivados que contienen, han sido alimentados o han sido elaborados con los productos básicos mencionados, como chocolate, muebles, papel impreso y derivados seleccionados a base de aceite de palma (utilizados, por ejemplo, como componentes en artículos de cuidado personal).

DILIGENCIA DEBIDA

Aunque no se vetará a ningún país ni materia prima, las empresas solo podrán vender artículos en la UE si el proveedor ha emitido una declaración de diligencia debida que confirme que el producto no proviene de tierras deforestadas o ha conducido a la degradación forestal -incluidos los bosques primarios- después del 31 de diciembre de 2020.

Así, las empresas deberán rastrear los productos básicos que están vendiendo hasta la parcela de tierra donde se produjeron. Al mismo tiempo, las nuevas reglas tienen como objetivo evitar la duplicación de obligaciones y reducir la carga administrativa para los operadores y las autoridades.

El reglamento crea un sistema de evaluación comparativa que asigna un nivel de riesgo relacionado con la deforestación y la degradación forestal (bajo, estándar o alto) a países dentro y fuera de la UE.

La categoría de riesgo determinará el nivel de obligaciones específicas de los operadores y las autoridades de los países de la UE para llevar a cabo inspecciones y controles.

Las autoridades competentes deberán realizar controles a un 9 % de los operadores y comerciantes que vendan productos de países de alto riesgo, a un 3% de países de riesgo estándar y a un 1 % de países de bajo riesgo, para comprobar que cumplen efectivamente las obligaciones establecidas abajo en el reglamento.

Además, las autoridades competentes llevarán a cabo controles en un 9% de las mercancías y productos relevantes colocados, puestos a disposición o exportados de su mercado por países de alto riesgo.

Las nuevas normas también tienen en cuenta la protección de los derechos humanos relacionados con la deforestación y contienen una referencia al principio del consentimiento libre, previo e informado de los pueblos indígenas.

El reglamento incluye disposiciones sobre sanciones, que los Estados miembro de la UE deben garantizar que sean efectivas, proporcionadas y disuasorias. Las multas proporcionales al daño medioambiental y al valor de las mercancías o productos pertinentes deben fijarse en un nivel de al menos un 4% del volumen de negocios anual de los operadores en la UE e incluir una exclusión temporal de los procesos de contratación pública y del acceso a los servicios públicos. fondos.

ALIANZA CERO DEFORESTACIÓN

Por otro lado, la Alianza Cero Deforestación, de la que forman parte Amigos de la Tierra, Ecologistas en Acción, Coordinadora Estatal de Comercio Justo, Federación de Consumidores y Usuarios (CECU), Mighty Earth, Greenpeace, SEO/BirdLife y WWF, aplaudió este martes la adopción del nuevo reglamento.

No obstante, recordó a la Comisión Europea y a los Estados miembro que “esta decisión marca solo el comienzo” y que “será la ambición y el rigor en la aplicación de la ley la que dará los resultados esperados de frenar la deforestación inducida por el consumo de materias primas de la UE”.

“Este es un día histórico para los bosques del mundo. Por primera vez, los operadores agroindustriales y otras empresas en su cadena de suministro deberán demostrar que sus importaciones de carne de vacuno, soja, aceite de palma, caucho, cacao, café, madera y algunos de sus productos derivados están libres de deforestación. Esta es también una buena noticia para los consumidores que, conscientes de la gravedad del problema, han exigido de manera constante a los gobiernos y las empresas que mantengan los productos que causan la destrucción de los bosques fuera de sus cestas de la compra”, según la Alianza Cero Deforestación.

Para las organizaciones ecologistas, el trabajo no ha terminado, pues la Comisión deberá evaluar e incluir “cuanto antes” otras materias primas, como el maíz u otros tipos de carne, y ecosistemas críticos como praderas, turberas y humedales.

Respecto a España, la Alianza Cero Deforestación reclamó al Gobierno y a las comunidades autónomas, que “garanticen” los recursos necesarios para “la correcta implementación y el cumplimiento” del reglamento, así como una ley estatal específica de lucha contra la deforestación.