- El BOE publica la ley que considera asalariados a los repartidores de las plataformas y que da tres meses para aplicarla
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó este miércoles el real decreto-ley que modifica el Estatuto de los Trabajadores para presumir que los repartidores empleados a través de plataformas digitales son laborales y no autónomos y que entra en vigor en tres meses.